Ayudas compensatorias por costes de emisiones indirectas de CO₂ 2026

Las ayudas compensatorias por costes de emisiones indirectas de CO₂ 2026 permiten a las industrias electrointensivas compensar parte del sobrecoste eléctrico derivado del régimen europeo de comercio de derechos de emisión, reforzando su competitividad y reduciendo el riesgo de fuga de carbono.

Instalación industrial electrointensiva que puede beneficiarse de las ayudas compensatorias por costes de emisiones indirectas de CO₂ 2026 para mejorar su competitividad energética.

Las ayudas compensatorias por costes de emisiones indirectas de CO₂ 2026 permitirán a empresas industriales de sectores electrointensivos compensar parte del sobrecoste eléctrico derivado del régimen europeo de comercio de derechos de emisión (EU ETS), contribuyendo a mejorar su competitividad y evitar el riesgo de fuga de carbono.

El programa, convocado por el Ministerio de Industria y Turismo, tiene como finalidad compensar los costes indirectos de las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidos en el precio de la electricidad que soportan determinadas industrias expuestas a la competencia internacional.

Plazo

Desde el 30 de julio hasta el 26 de agosto de 2026, ambos inclusive.

Objetivo

Reducir el impacto económico que los costes indirectos del CO₂ tienen sobre el consumo eléctrico de las industrias más intensivas en energía y expuestas al comercio internacional.

La ayuda pretende:

  • mejorar la competitividad de la industria española,
  • evitar la deslocalización de la producción (fuga de carbono),
  • favorecer la continuidad de la actividad industrial,
  • compensar parte del incremento del coste eléctrico derivado del sistema europeo de derechos de emisión.

Entidades beneficiarias

Podrán solicitar estas ayudas las empresas privadas que:

  • desarrollen actividades incluidas en los sectores elegibles definidos por la normativa europea y estatal,
  • hayan soportado costes indirectos de emisiones de CO₂ durante el ejercicio anterior,
  • desarrollen actividades industriales como, entre otras:
    • industria química,
    • refino de petróleo,
    • producción de aluminio,
    • siderurgia,
    • fabricación de papel y cartón,
    • producción de cobre, plomo, zinc o estaño,
    • determinados subsectores del plástico, fibra de vidrio e hidrógeno.

Actuaciones subvencionables

La ayuda compensa los costes indirectos derivados del incremento del precio de la electricidad provocado por el régimen europeo de comercio de derechos de emisión (EU ETS), correspondientes al consumo eléctrico destinado a los procesos productivos de las instalaciones beneficiarias.

Cuantía de las ayudas

La cuantía se calculará conforme a la metodología establecida en el Real Decreto 309/2022 y en la convocatoria anual del Ministerio, teniendo en cuenta:

  • el consumo eléctrico subvencionable,
  • los costes indirectos soportados,
  • los límites establecidos por la normativa europea sobre ayudas de Estado.

El importe concedido variará en función de cada instalación y de la disponibilidad presupuestaria de la convocatoria.

Condiciones y requisitos

Para acceder a la ayuda será necesario:

  • pertenecer a alguno de los sectores o subsectores considerados con riesgo significativo de fuga de carbono,
  • acreditar los costes indirectos soportados durante el ejercicio anterior,
  • presentar la solicitud de forma telemática dentro del plazo establecido,
  • cumplir los requisitos previstos en el Real Decreto 309/2022 y en la convocatoria correspondiente.

Más información

Consulta las bases completas y accede a la convocatoria oficial en el portal del Ministerio de Industria y Turismo: https://www.mintur.gob.es/PortalAyudas/emisionesCO2/Paginas/Index.aspx

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