Ayudas para la realización de actividades en el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales (2025)

Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, por la que se convoca la concesión de las subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales en el año 2025.

Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, por la que se convoca la concesión de las subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales en el año 2025. La Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales (en adelante FEPRL) tiene como finalidad la promoción de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las pequeñas empresas, a través de la gestión y el fomento de acciones de información, asistencia técnica, formación e impulso del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos.

Plazo de solicitudes

Del 30 de diciembre de 2024 al 31 de enero 2025

Destinatarios de las acciones

  • Las empresas y personas trabajadoras que prestan servicios en centros de trabajo radicados en el País Vasco.
  • Las personas trabajadoras y las empresas, especialmente las pequeñas empresas. Se entenderá por pequeña empresa aquella cuyo volumen de plantilla sea menor de cincuenta trabajadores, acorde al art. 4 de la Orden TES/864/2023, de 21 de julio.

Entidades beneficiarias

  • Las organizaciones a las que se refiere el artículo 12 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Las organizaciones empresariales y sindicales representativas en el ámbito sectorial y territorial correspondiente.
  • Las fundaciones, agrupaciones u otras entidades constituidas por las contempladas en el punto 1 y 2. Las organizaciones sindicales y empresariales deberán estar constituidas conforme al Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes desde que la presente Resolución surta efectos, que será desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. La ocultación grave de los datos, su alteración o cualquier manipulación de la información solicitada o de documentos incluidos en la aplicación telemática de la solicitud, será causa de desestimación de la misma.

Más información en: Euskadi.eus

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