Cómo elaborar y enviar las nuevas fichas toxicológicas a los Servicios de Información Toxicológica de la UE

El curso práctico de elaboración y envío de Fichas toxicológicas a los Servicios de Información Toxicológica será impartido en formato online por el abogado y coordinado de Coordinador de Tutela de Producto en AVEQ-KIMIKA, Borja Fernández Almau, quien ofrecerá un programa detallado que cubrirá aspectos cruciales del CLP.

El próximo viernes 14 de junio, se llevará a cabo el curso práctico de elaboración y envío de Fichas toxicológicas a los Servicios de Información Toxicológica enfocado en abordar los desafíos y obligaciones derivadas del Reglamento CE 1272/2008 (CLP) en el ámbito de la seguridad química. Organizado AVEQ-KIMIKA, esta formación es una oportunidad para profesionales interesados en mantenerse al día con las regulaciones pertinentes.

El curso será impartido en formato online por el abogado y coordinado de Coordinador de Tutela de Producto en AVEQ-KIMIKA, Borja Fernández Almau, quien ofrecerá un programa detallado que cubrirá aspectos cruciales del CLP. Desde la generación de números UFIs hasta la elaboración de notificaciones utilizando el software Iuclid 6, los participantes tendrán la oportunidad de adquirir habilidades prácticas y conocimientos especializados necesarios para cumplir con los requisitos normativos.

Además de desgranarse las obligaciones derivadas del artículo 45 del CLP a través del portal europeo, se mostrará cómo elaborar y enviar una notificación a los centros antiveneno de la Unión Europea, a través de la plataforma puesta en marcha por la ECHA.

El curso se celebrará el 14 de junio, en horario de 9:00 a 14:00 horas, a través de la plataforma Meet (Online). El coste para los y las profesionales de empresas asociadas a AVEQ-KIMIKA es de 143 € (IVA no incluido), y de 281 € (IVA no incluido) para los no asociados.

Accede al siguiente enlace para más informaciones e inscripciones.

Obligaciones de notificación

Desde el año 1971 el Servicio de Información Toxicológica del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF) actúa como centro antitóxico asumiendo las funciones de prevención y asesoramiento ante intoxicaciones, tanto en el ámbito particular como industrial. Hasta el año 2010, la normativa nacional obligaba sólo a las empresas comercializadoras de determinados productos de consumo, como detergentes, productos de limpieza profesional y doméstica, lejías o plaguicidas, a facilitar al INTCF la composición completa de sus productos para permitir una respuesta sanitaria en caso de urgencias médicas.

No obstante, con la entrada en vigor del artículo 45 del Reglamento 1272/2008 (CLP), se puso de manifiesto la obligación para todos los Estados miembros de designar un organismo responsable de recibir, de las empresas que comercialicen cualquier mezcla clasificada como peligrosa debido a sus efectos para la salud humana o a sus efectos físicos, la información necesaria para la formulación de dicha respuesta. A efectos prácticos, esto supuso que la obligación de dar de alta sus productos en la base de datos del instituto se extendió a todas las empresas que comercializan mezclas clasificadas como peligrosas para la salud o con efectos fisicoquímicos. Por otra parte, esta notificación debía llevarse a cabo de forma separada en cada uno de los estados miembros donde se comercializaba la mezcla, para lo cual cada estado venía disponiendo de su propio sistema para recibir la información, con los consiguientes problemas de idioma y gestión que ello conllevaba.

Armonización de criterios

Tras un estudio exhaustivo por parte de la Comisión Europea, se llegó a la conclusión de que existían tales diferencias entre los actuales sistemas de notificación, los formatos y los requisitos específicos que requería cada estado, que resultaba conveniente armonizar la información que debía enviarse para dar cumplimento al artículo 45 del CLP. Así, la Comisión Europea publicó el Reglamento (UE) 2020/1677, modificando el Anexo VIII del Reglamento CLP, a fin de mejorar la viabilidad de los requisitos de información relacionados con la respuesta sanitaria en caso de urgencia que debía comunicarse en cada estado miembro.

Por otra parte, se encomendó a la vez a la Agencia Europea de Productos Químicos (ECHA) el establecimiento de un sistema para elaborar y enviar la información, de tal manera que los estados pudieran utilizar la nueva plataforma para recepcionar la información, a la vez que los notificantes pudieran centralizar sus envíos a través de un solo sistema informático. Este sistema es conocido como ECHA PCN y utiliza el formato Iuclid para las comunicaciones.

Para asegurar que los operadores tuvieran tiempo suficiente para ajustarse al nuevo sistema de notificación, se establecieron unos plazos de adaptación que culminarán próximamente (1 de enero de 2025), de tal manera que ya a partir de esta fecha, todas las mezclas sujetas a notificación deben estar comunicadas utilizando la pasarela de la Agencia.

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