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  • ¿Cómo etiqueto este residuo? II (Soluciones… ¿o no?)

¿Cómo etiqueto este residuo? II (Soluciones… ¿o no?)

  • Categorías Energía, Informes, Noticias
  • Fecha 4 diciembre, 2019
  • Comentarios 1 Comentario

En la anterior entrada, publicada hace demasiado tiempo, les pedía ayuda para ver si, entre todos y por métodos estrictamente democráticos, conseguíamos clasificar un residuo peligroso bastante estándar.


Pero…  perdón, antes de nada, que no se me olvide: el próximo miércoles, día 11 de diciembre, a partir de las 09:30 h hemos invitado al equipo del Gobierno Vasco para la puesta en marcha del proyecto Ingurunet, a venir a la oficina a contarnos cómo va la nueva herramienta y qué podemos esperar para 2020.

Además de explicar cómo entrar y configurar el sistema y cuáles son las claves para que funcione mejor, presentarán lo poco que está en marcha en estos momentos y qué módulos está previsto que vayan entrando en funcionamiento durante el próximo año.

La piedra de clave de todo el proceso, y también el hito más complejo, es la entrada en funcionamiento del módulo, precisamente, de traslado de residuos. Explicarán cuáles son sus previsiones al respecto y, por nuestra parte, podremos comentar nuestras inquietudes y condicionantes para que sean tenidas en cuenta.

La asistencia es gratuita, para asociados y no asociados, y pensábamos, sinceramente, que está convocatoria lo iba “a petar”… pero no, a día de hoy tenemos plazas libres de sobra. Aquí el formulario on-line.


 

Pero vamos con nuestros residuos. Y lo adecuado es dar los resultados del “referéndum”. Acuérdense que, siendo completamente anónimo, el formulario comenzaba con unas cuantas preguntas de control, para conocer el perfil de aquellos que nos contestaban.

“Defínase, por favor“:  el 93,2% de los encuestados, respecto a su experiencia profesional, se definen como “Llevo ya unos años con ello“.

“Trabajo o hago prácticas en”: Un 66,7% trabaja en una empresa industrial. Un 8,3% en una gestor de residuos y un 12,1% en un centro educativo.

“En mi trabajo produzco/gestiono/controlo/asesoro sobre un residuo similar”: Un 70,2% trabaja con un residuo similar a los expuestos.

 

Y, yendo a las decisiones concretas, lo primero era determinar si tenemos “un cubo” o “dos cubos” separados:

  1. Dos cubos: 58,3%
  2. Un cubo: 41,7%

Aquellos que optaron por un solo cubo, mezclando ambos residuos en una sola corriente, optaron por la solución más sencilla desde el punto de vista organizativo y administrativo, pero, obviamente, eso supone clasificar ambas corrientes como residuos peligrosos. La normativa prohíbe mezclar residuos, con el objetivo de que los riesgos no se diluyen y también que residuos no peligrosos terminan siendo gestionados como residuos con algún grado de riesgo.  En este caso, dadas las características “fronterizas” de una de las dos corrientes, dicha opción parece justificable.

Y claro, a la hora de calificar y clasificar el residuo resultante de mezclar ambas corrientes y gestionarlas como un único desecho, se forma algo de lío:

De las clasificaciones elegidas por los encuestados, ambas con casi un 60% de las respuestas (se podían elegir varias), las dos más votadas han sido HP5 “Toxicidad específica en determinados órganos (STOT)/Toxicidad por aspiración” y HP14 “Ecotóxico”… y, sinceramente, lo de HP14 sería discutible, pero HP5 no debe ser en ningún caso, pues ninguna de las sustancias que aportan peligrosidad al residuo tiene una clasificación equivalente.

Esta confusión es muy común y, bueno, quizás los más jóvenes no la entiendan, pero deriva de que en el sistema de clasificación antiguo, anterior al Reglamento 1357/2014,  una de las frases de riesgo más usadas en residuos era “H5 – Nocivo”… pero, olvídense, esa frase ya no existe y no se puede trasladar, sin más, a HP5.

Respecto al pictograma, pues el más votado ha sido GHS09, el pez muerto, algo que, como les decía podría llegar a discutirse, aunque yo no veo claro. Y, en segundo lugar, un triple empate técnico entre GHS05 (Corrosivo), GHS06 (Calavera)  y GHS07 (Admiración). 

Y la dispersión total llega con las indicaciones en la etiqueta… de todas las opciones que se ofrecían, solamente “Mutágeno”, “Sensibilizante”, “Tóxico por contacto con la piel” y “Tóxico por ingestión” son las que se han quedado sin votos… y eso es porque yo no he votado, porque, dadas las características del disolvente, “Mutágeno” y “Tóxico por contacto con la piel” estarían entre mis opciones…

Vamos con la opción de doble cubo.

Por un lado, el primer residuo  es obviamente peligroso y los votantes optan mayoritariamente por HP7 Carcinogénico (66,7%) y HP6 Tóxico (58,3%).  Respecto a los pictogramas, descartados 01, 02 y 03, que son riesgos físicos-químicos, los demás han sido elegidos al menos una vez.  Me vuelve a llamar la atención que, en torno a un 33% quieran HP14 y poner el pictograma del pez, cuando la materia prima pura no los lleva.

Respecto al segundo, los guantes impregnados de aceite hidráulico no peligroso, casi un 59% han marcado opción “No peligroso” y un 41%, la opción de “Peligroso”… casi la mitad.

La mayoría de los que han optado por “Peligroso”, lo califican como HP14 y lo etiquetarían con el pictograma del pez muerto. 

Para acabar. 

¿Tiene que figurar el código HP en la etiqueta? 

Pues casi el 80% de los encuestados dice que sí

¿Y el código largo?, ¿tiene que figurar el código largo? (Q-//R-//C -//H -//A -//B -)

Pues, en torno al 39% dice que no, otro 40% dice que sí y el restante 21%, que opina que “No, pero que conviene ponerlo” tiene la opción de decidir a quién adjudicar la mayoría.

Es este un tema que preocupa especialmente a los gestores de residuos, en tanto que, si bien el número LER y la calificación como “peligroso” o “no-peligroso” son los que determinan si pueden o no tratar ese residuo, la clasificación y el etiquetado son determinantes para una adecuada prevención de riesgos laborales en todo el ciclo de gestión.

Nosotros ya nos mojamos en esta circular: KIMIKA 15-36 29-05-15 Reclasificación de residuos Peligrosos Reglamento 1357-2014 … ahora les toda a los demás.

Etiqueta:medio ambiente, Reglamento 1357/2014, Residuo Peligroso

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Luis Blanco Urgoiti

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