Desde el pasado 5 de octubre el transporte público nacional de mercancías por carretera tiene la obligación de portar el Documento electrónico de Control Administrativo (DeCA). La nueva reglamentación afecta a las operaciones con origen y destino en España y obliga principalmente a cargadores contractuales y transportistas efectivos a adaptar sus sistemas de gestión documental.
La medida adquiere especial relevancia para la industria química, que gestiona habitualmente transportes de mercancías peligrosas, cisternas, graneles y residuos. Las empresas deberán comprobar antes de esa fecha que sus herramientas informáticas y sus procedimientos permiten generar y poner a disposición del conductor la documentación exigida.
El DeCA deberá generarse antes del inicio efectivo del transporte y en formato PDF nativo, a partir de los datos del sistema informático. No serán válidos los documentos escaneados o convertidos desde una imagen. El archivo tendrá un máximo de 5 MB e incorporará un código QR que permita acceder directamente a una URL segura para su consulta y descarga durante una eventual inspección en carretera.
El documento deberá conservarse durante al menos un año. El conductor tendrá que disponer de una copia antes de comenzar el servicio, ya sea en un dispositivo electrónico o en papel. Si durante el trayecto se modifica alguno de los datos del transporte, el sistema deberá garantizar la trazabilidad del cambio y facilitar al conductor la versión actualizada.
La nueva exigencia se aplicará a los transportes públicos de mercancías por carretera con origen y destino en España, incluidos aquellos que discurran parcialmente por otros países. Quedan fuera los transportes internacionales sujetos a los convenios correspondientes, como el CMR.
Especial incidencia en el transporte de mercancías peligrosas
Para las empresas químicas, uno de los principales aspectos a revisar será la relación entre el nuevo documento y la documentación exigida por el ADR para el transporte de mercancías peligrosas. Ambas obligaciones deberán cumplirse, aunque la normativa permite integrar determinados documentos existentes en el DeCA siempre que incorporen todos los datos requeridos y cumplan las condiciones técnicas establecidas.
Así, las empresas podrán mantener separados el documento ADR y el DeCA o utilizar un único archivo que cumpla simultáneamente ambas funciones. También podrán utilizarse como soporte determinados documentos de transporte de residuos y otros documentos sectoriales cuando reúnan los requisitos establecidos.
Ante la entrada en vigor de la medida, AVEQ-KIMIKA recomienda revisar la operativa con los proveedores de software, transportistas y consejeros de seguridad, especialmente en las empresas que trabajan con mercancías peligrosas o residuos.
Entre los aspectos que conviene comprobar figuran la capacidad del sistema para generar el PDF y el código QR, la identificación correcta del cargador contractual y del transportista efectivo, la entrega de la documentación al conductor antes del viaje y el acceso directo al documento durante una inspección.
La Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, en desarrollo de la Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, establece las condiciones de aplicación del nuevo sistema.
Preguntas frecuentes
El Documento electrónico de Control Administrativo (DeCA) es el documento electrónico que debe acompañar al transporte público nacional de mercancías por carretera y que permite disponer de la información exigida durante el transporte y ante una eventual inspección.
El DeCA es obligatorio desde el 5 de octubre de 2026 para el transporte público nacional de mercancías por carretera incluido en el ámbito de aplicación de la normativa.
A los transportes públicos de mercancías por carretera con origen y destino en España, incluidos aquellos que discurran parcialmente por otros países. Los transportes internacionales sujetos a los convenios correspondientes, como el CMR, quedan fuera.
Principalmente, los cargadores contractuales y los transportistas efectivos deben adaptar sus sistemas de gestión documental para poder generar y poner a disposición la documentación exigida.
Debe generarse antes del inicio efectivo del transporte en PDF nativo, a partir de los datos del sistema informático. No son válidos los documentos escaneados o convertidos desde una imagen.
Sí. El archivo debe incorporar un código QR que permita acceder directamente a una URL segura para consultar y descargar el documento durante una eventual inspección en carretera.
El documento debe conservarse durante al menos un año.
Sí. El conductor debe disponer de una copia antes de comenzar el servicio, bien en un dispositivo electrónico o en papel.
Si durante el trayecto se modifica alguno de los datos del transporte, el sistema debe garantizar la trazabilidad del cambio y facilitar al conductor la versión actualizada del documento.
Las empresas que transportan mercancías peligrosas deben cumplir tanto las obligaciones del DeCA como las establecidas por el ADR. La normativa permite integrar determinados documentos existentes en el DeCA siempre que incorporen todos los datos requeridos y cumplan las condiciones técnicas establecidas.
Sí. Las empresas pueden mantener separados el documento ADR y el DeCA o utilizar un único archivo que cumpla simultáneamente ambas funciones, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
AVEQ-KIMIKA recomienda revisar la operativa con proveedores de software, transportistas y consejeros de seguridad. Entre los aspectos a comprobar están la generación del PDF y el código QR, la identificación del cargador contractual y del transportista efectivo, la entrega de la documentación al conductor y el acceso al documento durante una inspección.




