Proyecto Plan de Igualdad

Una de las medidas más efectivas en la demostración de la igualdad de oportunidades en las empresas es la redacción e implantación voluntaria de un plan de igualdad.

Los planes de igualdad son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

Además, Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que en los dos primeros puntos de su artículo 45 dice lo siguiente:

Artículo
45. Elaboración y aplicación de los planes de igualdad.

  1. Las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que  deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en la forma que se determine en la  legislación laboral.
  2. En el caso de las empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores, las medidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en este capítulo, que deberá ser asimismo objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación laboral.

Este requisito normativo, a día de hoy solamente preocupa a empresas de gran tamaño pues el umbral de aplicación (250 trabajadores) es una cifra importante. Sin embargo, es previsible que en el futuro esta cifra descienda y esa obligación se extienda a empresas más pequeñas.

Durante el pasado año, AVEQ-KIMIKA con al colaboración de la entidad Fondo Formación Euskadi y el apoyo de Emakunde, inició un proyecto de valor añadido destinado a facilitar la gestión de la oportunidad/reto en las empresas asociadas.

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